Una reciente resolución judicial ha introducido un cambio significativo para las empresas y personas jurídicas en Costa Rica en relación con la declaración obligatoria del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF). Con efecto inmediato, los poderes especiales ya no pueden utilizarse para delegar la presentación de este informe.

La decisión del Tribunal

El 10 de abril de 2025, el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda de San José emitió la resolución 2025-003672, rechazando una medida cautelar interpuesta por el Colegio de Abogados de Costa Rica. Esta resolución suspende temporalmente la normativa que anteriormente permitía el uso de poderes especiales para las presentaciones del RTBF.

Como resultado, y hasta que exista una decisión definitiva en el caso en curso, los representantes legales que no puedan presentar personalmente la declaración deberán otorgar ahora un poder generalísimo. Se trata de una autorización mucho más amplia, que debe inscribirse formalmente en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

El Banco Central confirma el nuevo procedimiento

Reforzando este cambio, el Banco Central de Costa Rica emitió el comunicado CD-012-2025 el 13 de agosto de 2025. En él se recuerda a todos los obligados que la única manera de autorizar a un tercero para presentar la declaración del RTBF es mediante un poder generalísimo debidamente inscrito.

El comunicado aclara que se trata de una medida excepcional, prevista para aquellos casos en los que el representante legal no cuente con firma digital para completar el trámite por sí mismo.

¿Qué significa esto para su empresa?

Para todas las sociedades, fideicomisos y demás personas jurídicas obligadas a presentar la declaración del RTBF, este es un cambio procedimental crítico:

  • Los poderes especiales actualmente no son válidos para presentar la declaración del RTBF.
  • Si el representante legal no puede presentarla personalmente, deberá otorgar un poder generalísimo.
  • Dicho poder debe estar oficialmente inscrito en el Registro Nacional antes de que la persona autorizada pueda acceder al sistema RTBF.

Esta medida forma parte de los esfuerzos continuos de Costa Rica bajo la Ley 9416 para fortalecer la lucha contra el fraude fiscal. El Ministerio de Hacienda y el Instituto Costarricense sobre Drogas definen las reglas para el RTBF, las cuales son administradas por el Banco Central.

 

 

Hola, 👋
Encantados de conocerte.

Regístrate para recibir contenido interesante en tu bandeja de entrada, cada semana.

¡No hacemos spam! Lee nuestra política de privacidad para obtener más información.