Es un palcer compartirle esta nueva entrega de nuestro asociado Briffkase.
| Mediante la Resolución Conjunta MH-DGH-RES-0033-2026 / MH-DGA-RES-0897-2026, la Dirección General de Hacienda y la Dirección General de Aduanas establecieron la nueva tasa de interés aplicable tanto a las obligaciones tributarias como aduaneras, la cual regirá a partir del 1 de julio de 2026.
Esta actualización responde a la obligación legal de revisar semestralmente la tasa de interés aplicable a las obligaciones tributarias y a las devoluciones de tributos, conforme a lo establecido en los artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, con el objetivo de mantenerla alineada con las condiciones del mercado financiero nacional. |
| Marco normativo y fundamentos generales
La resolución se fundamenta principalmente en las siguientes disposiciones legales:
La normativa dispone que la tasa de interés debe calcularse utilizando el promedio simple de las tasas activas para créditos comerciales de los bancos comerciales del Estado, sin exceder en más de diez puntos porcentuales la Tasa Básica Pasiva fijada por el Banco Central de Costa Rica. |
| Nueva tasa de interés
Para esta actualización, la Administración Tributaria consideró que:
Como resultado, mediante la presente resolución se establece que la nueva tasa de interés será de: 8,41% anual Esta tasa sustituye la anteriormente vigente de 8,52%, establecida mediante la Resolución MH-DGH-RES-0063-2025 / MH-DGA-RES-1766-2025. |
| ¿Cuándo aplica esta tasa?
La tasa del 8,41% será aplicable a partir del 1 de julio de 2026 para:
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| Importancia para los contribuyentes
La actualización de esta tasa tiene un impacto directo sobre el costo financiero asociado al incumplimiento de las obligaciones tributarias. Conocer oportunamente esta tasa permite:
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| Gestión, seguimiento y control
Para una adecuada administración tributaria recomendamos:
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| Consecuencias del incumplimiento
El pago tardío de las obligaciones tributarias puede generar:
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| Recomendaciones prácticas
Con el fin de minimizar riesgos tributarios recomendamos:
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| Conclusión
La actualización de la tasa de interés al 8,41% anual, vigente a partir del 1 de julio de 2026, constituye un ajuste técnico que impacta tanto a los contribuyentes como a la propia Administración Tributaria en la determinación de intereses relacionados con obligaciones tributarias y aduaneras. Mantenerse informado sobre este tipo de modificaciones permite a las organizaciones fortalecer su cumplimiento tributario, reducir contingencias y mejorar su planificación financiera. En Briffkase ponemos a su disposición nuestro equipo de profesionales para brindar asesoría en materia tributaria, financiera, acompañándole en el cumplimiento oportuno de sus obligaciones fiscales y en la correcta gestión de los riesgos asociados a la normativa vigente. |
Para más informacion:
Briffkase Teléfono: +506 8517 2941
E-mail: info@briffkase.com
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