| Les compartimos una actualización relevante sobre el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF) recibida de nuestro asociado Briffkase, correspondiente al período 2026, cuya presentación deberá realizarse en el mes de abril de 2026, conforme a la normativa vigente.
Esta declaración es obligatoria para las personas jurídicas y otras estructuras jurídicas con obligación de inscripción en Costa Rica. Su cumplimiento oportuno permite evitar sanciones económicas y restricciones en trámites administrativos.
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| Alcance
La obligación de presentar la declaración del RTBF aplica, entre otros, a:
- Sociedades mercantiles (sociedades anónimas y de responsabilidad limitada).
- Sociedades civiles.
- Sucursales de sociedades extranjeras inscritas en Costa Rica.
- Fideicomisos y otras estructuras jurídicas.
- Personas jurídicas inactivas con inscripción vigente.
La obligación subsiste mientras la entidad se encuentre inscrita y no disuelta, independientemente de que realice o no actividad económica.
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| Marco normativo
El Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales se fundamenta, entre otras disposiciones, en:
- Ley N.° 9416, Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal.
- Decreto Ejecutivo N.° 41040-H, Reglamento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.
- Resoluciones y lineamientos emitidos por el Banco Central de Costa Rica.
- Disposiciones del Ministerio de Hacienda.
La normativa establece la obligación de presentar anualmente la declaración de beneficiarios finales, así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento.
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| Período y vencimiento
La declaración correspondiente al período 2026 deberá presentarse durante el mes de abril, según el calendario establecido por las autoridades competentes.
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| Requisitos para la presentación
Para cumplir con esta obligación, se requiere:
- Contar con acceso activo a la plataforma del RTBF, administrada por el Banco Central de Costa Rica (Central Directo).
- Disponer de firma digital vigente del representante legal.
- Información actualizada sobre la estructura accionaria.
- Identificación correcta de los beneficiarios finales, entendidos como las personas físicas que poseen o ejercen control efectivo sobre la entidad.
En caso de delegar la presentación a un tercero, este deberá contar con poder generalísimo vigente debidamente otorgado e inscrito conforme a los mecanismos habilitados en la plataforma (Circular DPJ-002-2026).
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| Consecuencias del incumplimiento
El no presentar la declaración del RTBF dentro del plazo establecido puede generar, entre otras consecuencias:
- Imposición de multas económicas (hasta un 2% de los ingresos brutos del período anterior, con un mínimo de tres salarios base y un máximo de cien salarios base, conforme a la normativa vigente).
- Restricciones para la emisión de certificaciones registrales.
- Imposibilidad de inscribir documentos ante el Registro Nacional.
- Limitaciones en la operatividad de la sociedad.
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| Obligaciones de los contribuyentes
Los contribuyentes obligados deberán:
- Identificar correctamente a los beneficiarios finales.
- Mantener actualizada la información societaria.
- Presentar la declaración dentro del plazo legal.
- Resguardar el comprobante de presentación emitido por el sistema.
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| Recomendaciones
- Verificar con anticipación el acceso a la plataforma del RTBF.
- Revisar y confirmar la estructura accionaria vigente.
- Evitar presentaciones de última hora.
- Contar con asesoría profesional para asegurar un cumplimiento correcto y oportuno.
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Para más informacion:
Briffkase Teléfono: +506 8517 2941
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